TSJ autorizó al BCV para pactar deuda sin permiso de la AN #Venezuela

A petición de la autoridad monetaria, el máximo tribunal señaló que la solicitud de préstamos no es un contrato de interés público nacional
 
 Una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) vuelve a limitar las atribuciones de la Asamblea Nacional (AN). Esta vez, para permitir al Banco Central de Venezuela (BCV) realizar operaciones de endeudamiento con entes extranjeros sin la autorización del parlamento.
La decisión, plasmada en ponencia de la presidenta de la Sala Constitucional y del TSJ, Gladys Gutiérrez, se produjo a propósito de un préstamo suscrito por el BCV con el Fondo Latinoamericano de Reservas (Flar) -por $1 millardo.
Se apuntó que este no es un contrato de interés público nacional, por lo que no amerita el permiso de la AN. En junio, el ente emisor solicitó al Flar un crédito. Si bien el organismo financiero le otorgó $400 millones -monto equivalente a la reserva del BCV en el ente- puntualizó que la entrega de una cantidad superior debía contar con la firma de un acuerdo suscrito por el Legislativo.
Atendiendo a esta exigencia, el Banco Central acudió al TSJ para que aclarara si el préstamo solicitado exigía el visto bueno del parlamento. La Sala Constitucional negó que fuera necesaria la aprobación.
Al argumentar la decisión, la máxima corte del país expone que no toda operación de crédito público comporta la suscripción de un contrato de interés público nacional, el cual según el artículo 150 de la Constitución requiere el voto de la Asamblea Nacional.
Refiere que el Legislativo tiene potestad sobre los contratos que suscriba el Ejecutivo nacional, estadal y municipal, más, no así las operaciones que contrate el BCV, porque no forma parte de la Administración Pública.
Alude además que si bien el ente emisor está sujeto a control, “esta relación no supone poder inmiscuirse en las operaciones” de manera previa, ya que “atentaría contra la eficiencia” de sus transacciones y a su autonomía.
La solicitud de crédito al Flar forma parte de las acciones emprendidas por el Ejecutivo para aliviar la fuerte escasez de divisas que vive el país por la baja petrolera.
Riesgo legal
Juristas y políticos reaccionaron ante la sentencia rechazando su contenido, y advirtieron a los organismos nacionales e internacionales que suscribir préstamos sin permiso legislativo anula la operación.
El presidente de la Comisión de Finanzas de la AN, Alfonso Marquina, consideró que el TSJ le dio una “licencia para delinquir” al Gobierno, pero al tratar de frenar eventuales acuerdos, aclaró que “una política de endeudamiento en estas condiciones será desconocida en un futuro por el parlamento o cualquier gobierno que tenga Venezuela. Lo que no pase por esta Asamblea, será en un futuro declarado nulo”.
El diputado José Guerra llamó señaló que el BCV prefirió ir al TSJ en lugar de consultar la viabilidad del crédito. A su juicio, el préstamo se podría aprobar si se informaran las condiciones.
Aunque mostró disposición a debatir el pedido, Guerra criticó que el presidente del BCV, Nelson Merentes, luego de “despilfarrar la mayor bonanza de dólares”, pretenda obtener financiamiento ilegalmente, ya que si bien ese préstamo sería un pasivo del banco, también lo sería del país.
Sentencias
18 sentencias contra la Asamblea Nacional ha dictado el Tribunal Supremo de Justicia. Entre estas destaca la eliminación de facultades de control político, la anulación de la designación de los magistrados de 2015, la suspensión de cinco artículos de Reglamento Interior y Debates y la orden de desincorporar a los diputados de Amazonas.
Interpretación
El abogado Carlos Ramírez López señaló que la decisión de permitir el endeudamiento del Banco Central sin permiso legislativo, además de ser ilegal, puede hacer incurrir al acreedor en una pérdida, por cuanto en un futuro ese crédito puede no ser reconocido, al no contar con el visto bueno del parlamento.

Eltiempo.com.ve / Andreína Vargas