La "regulación inmediata" de los cambios será aplicable a
aquellos casos en los que extranjeros se encuentren involucrados en
hechos delictivos
El presidente de Argentina, Mauricio Macri,
ha firmado un decreto que modifica la ley migratoria con el fin de
acelerar los procesos de deportación y prohibición de ingreso en el país
de extranjeros que hayan cometido delitos graves, según publicó este
lunes el Boletín Oficial de la Nación.
"Ante
recientes hechos de criminalidad organizada de público y notorio
conocimiento, el Estado ha enfrentado severas dificultades para
concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad
extranjera, como consecuencia de un complejo procedimiento recursivo
que, en algunos casos, puede llegar a 7 años de tramitación", se indica
en el texto oficial.
La "regulación inmediata" de los cambios será aplicable a aquellos casos en los que extranjeros se encuentren involucrados en hechos delictivos y a quienes hayan entrado de forma clandestina en el país, eludiendo el control migratorio.
En concreto, el Ejecutivo, que llegó al poder en diciembre de 2015 y tiene en la lucha contra el narcotráfico uno de sus principales pilares, varía mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la actual ley migratoria para incluir las "causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional".
Para razonar estas modificaciones, en el Boletín se explica que el número de inmigrantes en las prisiones del país se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en 2016 el 21,35 % de la población carcelaria y que, en relación a los delitos vinculados al narcotráfico, el 33 % de los presos son extranjeros.
Estas y otras cuestiones configuran para el Gobierno "una situación crítica que amerita la adopción de medidas urgentes".
Entre las causas para impedir el ingreso y permanencia de extranjeros se encuentra "haber sido condenado o estar cumpliendo condena, o tener antecedentes o condena no firme" en Argentina o el exterior por delitos que según las leyes argentinas merezcan prisión, así como de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.
También haber incurrido "en actos de gobierno o de otro tipo", que constituyan genocidio, crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad y de cualquier acto susceptible de ser juzgado por la Corte Penal Internacional.
El Boletín incluye además a quienes tengan antecedentes por terrorismo, hayan participado en la promoción con fines de lucro del ingreso ilegalmente de extranjeros o hayan presentado documentación falsa para obtener beneficios migratorios.
Igualmente, a quienes se lucren con la prostitución o hayan sido condenados o tengan antecedentes por delitos de corrupción.
Como excepciones, el Gobierno señala que podrá admitir en el país, "únicamente por razones humanitarias, de reunificación familiar o de auxilio eficaz a la justicia" en determinadas condiciones, a los extranjeros que se encuentren en algunos de esos supuestos y los que hayan cometido delitos que en Argentina no excedan los tres años de prisión.
"Fuera de los supuestos expresamente regulados no podrá hacerse lugar al trámite excepcional de dispensa", remarca el decreto.
Además, se destaca que se podrá cancelar la residencia que se hubiese otorgado cuando el extranjero, entre otros supuestos, hubiese sido condenado, dentro o fuera del país, por delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos y tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.
"El Estado debe velar por el orden internacional y la justicia. (...) En ese orden de ideas, la permanencia de los extranjeros con antecedentes delictivos, durante el extenso proceso recursivo actual, atenta contra dicho objetivo", se argumenta en el texto.
No obstante, este procedimiento "es respetuoso" con la Convención Americana de Derechos Humanos "en cuanto se orienta a la protección de la seguridad y el orden público".
Este endurecimiento de la política migratoria argentina se viene debatiendo desde las últimas semanas, con críticas por parte de la oposición y organizaciones sociales, que han acusado al Gobierno de utilizar datos "sesgados" para "responsabilizar" a los extranjeros de los delitos de narcotráfico.
La "regulación inmediata" de los cambios será aplicable a aquellos casos en los que extranjeros se encuentren involucrados en hechos delictivos y a quienes hayan entrado de forma clandestina en el país, eludiendo el control migratorio.
En concreto, el Ejecutivo, que llegó al poder en diciembre de 2015 y tiene en la lucha contra el narcotráfico uno de sus principales pilares, varía mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la actual ley migratoria para incluir las "causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional".
Para razonar estas modificaciones, en el Boletín se explica que el número de inmigrantes en las prisiones del país se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en 2016 el 21,35 % de la población carcelaria y que, en relación a los delitos vinculados al narcotráfico, el 33 % de los presos son extranjeros.
Estas y otras cuestiones configuran para el Gobierno "una situación crítica que amerita la adopción de medidas urgentes".
Entre las causas para impedir el ingreso y permanencia de extranjeros se encuentra "haber sido condenado o estar cumpliendo condena, o tener antecedentes o condena no firme" en Argentina o el exterior por delitos que según las leyes argentinas merezcan prisión, así como de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.
También haber incurrido "en actos de gobierno o de otro tipo", que constituyan genocidio, crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad y de cualquier acto susceptible de ser juzgado por la Corte Penal Internacional.
El Boletín incluye además a quienes tengan antecedentes por terrorismo, hayan participado en la promoción con fines de lucro del ingreso ilegalmente de extranjeros o hayan presentado documentación falsa para obtener beneficios migratorios.
Igualmente, a quienes se lucren con la prostitución o hayan sido condenados o tengan antecedentes por delitos de corrupción.
Como excepciones, el Gobierno señala que podrá admitir en el país, "únicamente por razones humanitarias, de reunificación familiar o de auxilio eficaz a la justicia" en determinadas condiciones, a los extranjeros que se encuentren en algunos de esos supuestos y los que hayan cometido delitos que en Argentina no excedan los tres años de prisión.
"Fuera de los supuestos expresamente regulados no podrá hacerse lugar al trámite excepcional de dispensa", remarca el decreto.
Además, se destaca que se podrá cancelar la residencia que se hubiese otorgado cuando el extranjero, entre otros supuestos, hubiese sido condenado, dentro o fuera del país, por delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos y tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.
"El Estado debe velar por el orden internacional y la justicia. (...) En ese orden de ideas, la permanencia de los extranjeros con antecedentes delictivos, durante el extenso proceso recursivo actual, atenta contra dicho objetivo", se argumenta en el texto.
No obstante, este procedimiento "es respetuoso" con la Convención Americana de Derechos Humanos "en cuanto se orienta a la protección de la seguridad y el orden público".
Este endurecimiento de la política migratoria argentina se viene debatiendo desde las últimas semanas, con críticas por parte de la oposición y organizaciones sociales, que han acusado al Gobierno de utilizar datos "sesgados" para "responsabilizar" a los extranjeros de los delitos de narcotráfico.