El Ejecutivo emitió una resolución que establece que las
unidades de trabajo públicas y privadas deben traspasar por 60 días
prorrogables al recurso humano que le sea requerido
La
resolución 9.855 del Ministerio del Trabajo -publicada en la Gaceta
Oficial 40.950- estipula la creación de un “régimen laboral transitorio
de carácter obligatorio y estratégico para todas las entidades de
trabajo públicas, privadas, de propiedad social y mixta”, con el cual se
ordena permitir que sus trabajadores abandonen sus puestos para
insertarse en el área agroalimentaria. En el marco de la emergencia económica, el Ejecutivo dictó la primera
medida de alcance laboral, al facultar a las unidades de trabajo del
sector público a requerir “temporalmente” la mano de obra de las
empresas del país, a los fines de reactivar el sector agroalimentario.
El documento precisa que “las entidades de trabajo del sector público y privado están obligadas a cumplir con el estricto imperio del acto administrativo, y deberán proporcionar los trabajadores requeridos a objeto de aumentar la productividad de la entidad de trabajo solicitante”.
De acuerdo a la norma, el “préstamo” de trabajadores será por 60 días prorrogables.
Condiciones
Aunque la resolución limita el sector al cual podrá ser cedido el recurso humano -el agroalimentario-, detalla que los empleados de todas las actividades productivas podrán ser susceptibles a la medida, pues refiere que “se dispondrá de trabajadores con condiciones físicas adecuadas, conocimientos teóricos y técnicos en las diferentes áreas”.
Sobre las condiciones laborales que implica la transferencia, el Gobierno estipuló que estas personas gozarán de la figura de la suspensión laboral, y por tanto disfrutarán de inamovilidad.
Añade que quienes sean requeridos no estarán obligados a prestar el servicio a la entidad de trabajo originaria, pero esta tampoco tendrá que pagar el salario, pues esa responsabilidad recaerá en la unidad requiriente (el Ejecutivo).
Pese a esto, el patrono originario deberá continuar computando la antiguedad y pagando las obligaciones de la seguridad social, menos el ticket de alimentación, que le corresponderá a la entidad de trabajo temporal.
Sin dar mayores detalles sobre el objetivo de la disposición, el Ejecutivo expuso como argumento de la medida, además de la guerra económica y la soberanía alimentaria, que el Ministerio de Comunas le solicitó al Ministerio del Trabajo autorizar la prestación de un grupo de trabajadores para recuperar las plantas procesadoras de maíz públicas.
Atendiendo la gran cantidad de empresas en manos del Estado que están improductivas, Froilán Barrios, coordinador del Frente Autónomo de Defensa del Empleo, anticipa que el “reclutamiento forzoso” podría ser el inicio de del “colectivismo” que aplicaron los países comunistas en el siglo pasado, y que dejaron hambruna.
Advirtió que es violatorio de la libertad de trabajo, porque “no se puede obligar a ningún trabajador a desempeñar una actividad para la que no fue contratado”.
A su juicio, los empleados sujetos a la medida pueden negarse a ser trasladados, pues una resolución no está por encima de la Constitución y de la Ley Orgánica del Trabajo.
El documento precisa que “las entidades de trabajo del sector público y privado están obligadas a cumplir con el estricto imperio del acto administrativo, y deberán proporcionar los trabajadores requeridos a objeto de aumentar la productividad de la entidad de trabajo solicitante”.
De acuerdo a la norma, el “préstamo” de trabajadores será por 60 días prorrogables.
Condiciones
Aunque la resolución limita el sector al cual podrá ser cedido el recurso humano -el agroalimentario-, detalla que los empleados de todas las actividades productivas podrán ser susceptibles a la medida, pues refiere que “se dispondrá de trabajadores con condiciones físicas adecuadas, conocimientos teóricos y técnicos en las diferentes áreas”.
Sobre las condiciones laborales que implica la transferencia, el Gobierno estipuló que estas personas gozarán de la figura de la suspensión laboral, y por tanto disfrutarán de inamovilidad.
Añade que quienes sean requeridos no estarán obligados a prestar el servicio a la entidad de trabajo originaria, pero esta tampoco tendrá que pagar el salario, pues esa responsabilidad recaerá en la unidad requiriente (el Ejecutivo).
Pese a esto, el patrono originario deberá continuar computando la antiguedad y pagando las obligaciones de la seguridad social, menos el ticket de alimentación, que le corresponderá a la entidad de trabajo temporal.
Sin dar mayores detalles sobre el objetivo de la disposición, el Ejecutivo expuso como argumento de la medida, además de la guerra económica y la soberanía alimentaria, que el Ministerio de Comunas le solicitó al Ministerio del Trabajo autorizar la prestación de un grupo de trabajadores para recuperar las plantas procesadoras de maíz públicas.
Atendiendo la gran cantidad de empresas en manos del Estado que están improductivas, Froilán Barrios, coordinador del Frente Autónomo de Defensa del Empleo, anticipa que el “reclutamiento forzoso” podría ser el inicio de del “colectivismo” que aplicaron los países comunistas en el siglo pasado, y que dejaron hambruna.
Advirtió que es violatorio de la libertad de trabajo, porque “no se puede obligar a ningún trabajador a desempeñar una actividad para la que no fue contratado”.
A su juicio, los empleados sujetos a la medida pueden negarse a ser trasladados, pues una resolución no está por encima de la Constitución y de la Ley Orgánica del Trabajo.
Legalidad
12 apartados legales contiene la resolución presidencial que crea un régimen laboral temporal para elevar la producción agroalimentaria. El Ejecutivo enmarca la medida entre los lineamientos de defensa y seguridad de la Nación y la ofensiva contra la guerra económica, en aras de fortalecer las entidades de trabajo de interés social.
12 apartados legales contiene la resolución presidencial que crea un régimen laboral temporal para elevar la producción agroalimentaria. El Ejecutivo enmarca la medida entre los lineamientos de defensa y seguridad de la Nación y la ofensiva contra la guerra económica, en aras de fortalecer las entidades de trabajo de interés social.
Insensatez oficial
El expresidente de Fedecámaras, Jorge Botti, consideró que la resolución para trasladar a los trabajadores al sector agroalimentario “es el epítome de la estupidez comunista”, pues a su juicio “termina de tirar por la borda toda posibilidad de sensatez” en medio de la crisis económica nacional.
El expresidente de Fedecámaras, Jorge Botti, consideró que la resolución para trasladar a los trabajadores al sector agroalimentario “es el epítome de la estupidez comunista”, pues a su juicio “termina de tirar por la borda toda posibilidad de sensatez” en medio de la crisis económica nacional.