Los vehículos adjudicados y
comercializados por la Misión Transporte no se podrán vender, arrendar,
donar, ceder ó dados en comodato, y de ninguna forma enajenados a título
gratuito u oneroso, dentro del lapso de 3 años siguientes a su
adjudicación o compra.
Así lo establece una resolución conjunta
del ministerio de Transporte Terrestre, Industria, Economía y Finanzas,
así como del despacho de Relaciones Interiores, Justicia y Paz,
publicado en la Gaceta Oficial Nro. 423.949.
En
las condiciones de la adjudicación y comercialización de los vehículos
-otorgados por la Misión Transporte- se explica que en la certificación
de origen y certificado de registro del carro habrá una nota de
prohibición de venta, arrendamiento, donación, cesión.
Asimismo, llaman a todas las
dependencias y organismos del Estado a abstenerse de tramitar los
documentos de ventas, arrendamiento o cualquier forma de enajenación.
ElNorte.com.ve / Lilibeth Rincón